Esta magnífica guía de El País da respuesta a las siguientes preguntas:
Algunas comunidades autónomas han comenzado a exigir el pago del ITP en los arrendamientos, y es el inquilino quien debe hacer frente a ese desembolso. Ocurre en Madrid, por ejemplo, y la reclamación del pago se realiza, además, con carácter retroactivo de cuatro años y un mes.
Muchos lo ignoran, pero la firma de un contrato de alquiler de vivienda conlleva.
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